La Audiencia de Valencia ha condenado a Juan C., de 60 años, a nueve meses de prisión por un delito de incendio forestal sin propagación por uno de los tres incendios que se le atribuían en la zona boscosa de El Saler, en Valencia. La fiscalía y la acusación particular, que ejercía el Ayuntamiento de la capital, pedía seis años de cárcel que luego rebajó a un año si finalmente, como solicitaban, no se consideraba un delito de incendio continuado. Además le impone una multa de 2.700 euros, le condena a indemnizar a la ciudad con 255,89 euros por los gastos ocasionados para sofocar el incendio, y le exige el pago de un tercio de las costas. El acusado, que se sentó en el banquillo el pasado 10 de abril como presunto autor del delito de incendio forestal continuado en la Devesa de El Saler una superficie boscosa de gran valor natural cercana a Valencia, negó su participación en los tres fuegos que le imputaban. Del siniestro del 21 de octubre de 2023, Juan C. manifestó que se topó con el fuego mientras daba un paseo por la zona, que llamó al 112 para dar el aviso y se dirigió luego a su casa visto que no podía apagarlo. “No huí”, aseguró durante su declaración en respuesta a unos testigos que lo situaron junto al foco del fuego en torno a las ocho y cuarto de la tarde. El tribunal considera probado que el acusado prendió fuego de forma deliberada a las 20.15 horas del 21 de octubre de 2023 a la masa forestal cercana a la avenida Gola de Pujol, situada en la Devesa del Saler, próxima a viviendas en la zona, afectando a 0,0003 hectáreas en el parque natural de la Albufera porque los servicios de emergencia intervinieron con celeridad. Los servicios de extinción fueron avisados de inmediato por vecinos del lugar que lo sorprendieron saliendo del bosque nada más producirse el fuego y dieron aviso al 112 solo cuatro minutos después. La Audiencia no considera acreditada, sin embargo, que ese mismo día el acusado prendiera fuego sobre las 14,30 horas a otro punto cercano del monte de la Devesa, tras los viveros municipales, ni tampoco que provocase el 14 de enero, también sobre las dos y media de la tarde, otro fuego en la misma Devesa, junto al antiguo parque de bomberos del Saler. “La imputación se basa en únicamente meras sospechas”, recoge la sentencia, que entiende que se trata de un delito de incendio sin propagación. El tribunal recuerda que el encausado estuvo en prisión provisional por estos incendios desde el 26 de octubre de 2023 hasta el 21 de diciembre de ese año, fecha en la que salió en libertad provisional. Juan C. continuó viviendo en una de las torres de pisos del Saler hasta que el juzgado le impuso más tarde medidas de alejamiento de su lugar de residencia, a unos cientos de metros de donde se produjeron los incendios que le atribuían. Los magistrados no le impone una pena de alejamiento. La Audiencia considera “acreditada la participación de Juan C. en los hechos” a la vista de los testimonios rotundos de dos testigos, que sorprendieron in situ al acusado nada más prender el fuego, pues los dos relataron que vieron “una bolita de fuego”, es decir, nada más iniciarse el incendio y allí no había nadie más y solo se podía salir por la carretera o a través del bosque. Además atestiguaron que el acusado salió corriendo de donde se iniciaron las llamas. “El iniciar un fuego, en las condiciones expuestas, por una persona, provocando de forma intencionada un incendio, denota claramente una conducta dolosa”, resuelve el tribunal. Durante el juicio, el acusado negó la autoría de los fuegos. “Yo mismo soy un afectado. ¿Qué interés voy a tener en provocar fuego en mi casa, donde vivo y he criado a mis hijos?”. Ese paraje, que el acusado conoce desde los 14 años y en el que reside desde hace 40, sufrió una oleada de incendios entre agosto de 2023 y febrero de 2024, provocando la alarma y el pánico entre los vecinos que residen en las urbanizaciones diseminadas por El Saler, con desalojos incluso por la proximidad de las llamas. Los agentes de la Guardia Civil que investigaron los hechos declararon que los incendios obedecían a un mismo patrón, a un mismo modus operandi, y su conclusión es que fueron intencionados. Además, cuando los agentes fueron a registrar su domicilio y detenerlo días después del primer siniestro, el acusado tardó más de hora y media en abrirles la puerta y en el interior se incautaron de más de 140 mecheros acumulados en una cacerola. Según explicó en la sala el acusado, tardó en franquearles la puerta porque “estaba durmiendo”, y en cuanto a la abundancia de mecheros lo achacó que los iba depositando ahí conforme se usaban porque es fumador.La Guardia Civil llegó atribuirle al acusado hasta 11 de estos incendios pero nueve de ellos fueron descartados en la fase de instrucción por falta de indicios sólidos. Contra la sentencia cabe recurso.

La Audiencia de Valencia condena a nueve meses de prisión al pirómano del Saler por uno de los tres incendios que le imputaban | Noticias de la Comunidad Valenciana
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