La Sala Penal de la Corte Suprema inadmitió el recurso de casación presentado por la defensa de Amanda Azucena Castillo Cortés, exrectora del colegio Gimnasio Castillo Campestre, quien fue condenada a 8 años y 8 meses de prisión por su papel en la cadena de hechos que derivaron en la persecución contra el estudiante Sergio Urrego, en 2014.La defensa de Castillo Cortés buscaba que el alto tribunal revisara la sentencia emitida el 20 de mayo de 2021 por el Tribunal Superior de Bogotá, la cual la halló culpable de los delitos de falsa denuncia y ocultamiento y destrucción de material probatorio. Sin embargo, el alto tribunal consideró que la demanda no cumplía los requisitos exigidos para que el caso fuera revisado en casación.Acto de reparación y memoria en Gimnasio Castillo Campestre. Foto:CEETEn la decisión, del magistrado Diego Eugenio Corredor, se señala que los argumentos de la defensa no lograron demostrar que existiera un error jurídico o una afectación a derechos fundamentales.“No existió la incongruencia planteada por el defensor, en la medida en que, respecto de la actuación de Amanda Azucena Castillo Cortés, alusiva a la inducción para que otro pusiera en conocimiento de las autoridades un comportamiento de acoso sexual que no existió, fue desplegada a título de determinadora”, indicó la Corte en su decisión de 44 páginas.Protesta en Gimnasio Castillo Campestre. Foto:CLAUDIA RUBIOSegún el togado, Castillo Cortés tomó represalias contra Sergio Urrego después de descubrir una fotografía en la que el joven aparecía besando a otro estudiante, Danilo Pinzón.A partir de ese momento, la exrectora impidió que Urrego asistiera con normalidad a clases, promovió la alteración de testimonios de otros alumnos y motivó una denuncia falsa por parte de los padres de Pinzón, lo que marcó el inicio de una persecución institucional contra el estudiante por su orientación sexual.Sergio Urrego. Foto:Archivo Particular.La Corte también rechazó el argumento de la defensa según el cual la condena no debía mantenerse porque, aunque se le acusaba de impedir la recolección de pruebas, varias de estas sí pudieron ser obtenidas por otros medios.Sobre este punto, el alto tribunal fue enfático: “Varios elementos de juicio no pudieron allegarse al proceso, dadas las talanqueras puestas por la acusada”.Asimismo, el fallo subraya que Castillo Cortés constriñó a otras personas dentro del plantel educativo, incluyendo a la encargada del libro de bitácora y a una estudiante que había captado imágenes clave en su celular, para que modificaran registros y declararan hechos falsos.La Corte concluyó que el recurso de casación no tenía fundamento suficiente y que no se acreditó ninguna violación al debido proceso que justificara una intervención extraordinaria. “La manifestación del recurrente no tiene visos de prosperidad”, zanjó el alto tribunal.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.comMás noticias:

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