La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una acción de tutela que cuestiona el anuncio presidencial de convocar una consulta popular para la reforma laboral, el archivo del proyecto por parte de la Comisión Séptima y la falta de debate de reformas clave como las de salud, educación y la Ley 142 de 1994 en el Congreso pleno.Una nueva tutela, en el Consejo de Estado, fue aceptada contra el jefe de Estado. Según el accionante, Breyner Aaron, sus derechos fueron desconocidos tanto por el presidente de la República como por la Comisión Séptima del Senado.Fachada del Palacio de Justicia, sede de las altas cortes. Foto:CortesíaSeñala que el jefe de Estado, al anunciar por redes sociales su intención de convocar una consulta popular para impulsar la reforma laboral, incurre en una medida que podría costarle al erario más de 500 mil millones de pesos, sin garantizar la participación ciudadana previa ni el éxito del mecanismo, como ya ocurrió con la fallida consulta anticorrupción.Asimismo, reprocha a la Comisión Séptima del Senado por haber archivado dicho proyecto, sin que el Congreso en pleno se pronunciara.En la acción también se solicita que el magistrado del Consejo de Estado aplique la excepción de inconstitucionalidad al artículo 2 de la Ley 754 de 2002, al considerar que esta norma impide que las reformas sociales sean debatidas por los 280 congresistas que integran el Senado y la Cámara de Representantes.A juicio del demandante, este procedimiento desconoce el principio democrático, pues ocho senadores no deberían decidir por los más de 40 millones de ciudadanos que votaron por el Congreso y el presidente.Decisión Consejo de Estado. Foto:Archivo ParticularLa tutela reclama además que se garantice el derecho a la participación de todos los colombianos en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.En ese sentido, Aaron propone que, antes de convocar a una consulta popular, el presidente consulte previamente a los ciudadanos a través de medios tecnológicos, como un enlace virtual (link), para evitar el uso exclusivo de marchas, las cuales, según el accionante, muchas veces terminan en desórdenes y no resuelven nada.También exige que se debata de manera prioritaria una reforma estructural a la Ley 142 de 1994, que regula los servicios públicos domiciliarios. Asegura que de sus 188 artículos solo tres benefician realmente a los usuarios y denuncia que la Superintendencia de Servicios Públicos ha fallado más del 90% de los recursos en contra de los ciudadanos.El Consejo de Estado, tras revisar los requisitos, decidió admitir la tutela y ordenó notificar al presidente de la República y a la presidenta de la Comisión Séptima del Senado.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.comMás noticias:

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